COORDINADORA NACIONAL DE SINDICATOS DE EMPRESAS DEL ESTADO
PRONUNCIAMIENTO
TRABAJADORES DE EMPRESAS DE CORPORACIÓN FONAFE EXIGEN AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PRONUNCIAMIENTO FINAL QUE SALVAGUARDE LA LIBRE NEGOCIACIÓN COLECTIVA
- T.C.
debe resolver Acción de Inconstitucionalidad salvaguardando el Derecho a libre
Negociación Colectiva amparado en la Constitución Política.
- Defensoría
del Pueblo reconoce que Ley de Presupuesto del Sector Público para el año
fiscal 2013 y 2014 vulneran el derecho de Negociación Colectiva.
- Acción
de Inconstitucionalidad presentada por SUTESAL el 2013 solicita la inaplicación
de inconstitucional Articulo 6° y Disposición 58ª de la Ley 29951.
Lima, 03 de Marzo del 2014.- Mas de 56000 trabajadores públicos de
las Empresas de Holding de FONAFE, se encuentran alertas que la Acción de
Inconstitucionalidad presentada en noviembre del 2013 por el Sindicato Único de
Trabajadores de SEDAPAL - SUTESAL se resuelva en el marco de respeto pleno a la
Constitución Política considerando que no se vulnere en ninguno de sus extremos
el derecho a la libre negociación colectiva.
LEYES DE PRESUPUESTO DEL
2013 Y 2014 VULNERAN CONSTITUCION POLITICA Y CONVENIOS DE LA OIT
Durante el año 2013, a consecuencia de la
Ley Nº 29951 los gremios sindicales no pudieron negociar mejoras económicas,
siendo violados el Artículo 28° sobre Negociación colectiva, el Artículo 51°
sobre Supremacía de la Constitución, el Artículo 138° sobre Función
Jurisdiccional y el Artículo 139° sobre Principios de la función Jurisdiccional
de la Constitución Política del Perú, así como el Convenio 87° sobre Libertad
sindical, 98° sobre el Derecho de negociación colectiva y 151° sobre Protección
del derecho de sindicación que el Perú mantiene con la Organización
Internacional del Trabajo (OIT).
DEFENSORIA DEL PUEBLO DA LA RAZON A TRABAJADORES
Dentro del marco de su competencia la
Defensoría del Pueblo reconoce mediante “Informe de Adjuntía 002-2013-DP/AAC”
que la Ley N° 29951 vulnera el derecho fundamental a la negociación colectiva y
recomienda al Congreso de la República y al Ministerio de Economía y Finanzas
que no vulnere derechos que se encuentran amparados en la Constitución Política
así como respetar la función jurisdiccional de los Árbitros, es decir, sobre
aspectos de su propia competencia.
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DEBE HACER RESPETAR LA
CONSTITUCION
Los sindicatos de las empresas y
entidades estatales, agrupados en la Coordinadora Nacional de Sindicatos de
Empresas del Estado - CONSEDE, consideran necesario que el Tribunal
Constitucional tome en cuenta el
Informe de la Defensoría del Pueblo a fin de que se restituyan los derechos
vulnerados por la Ley de presupuesto para el año fiscal 2013 y 2014
desbloqueando el congelamiento de sueldos y salarios impuesto a los trabajadores debido a que estas Leyes así lo
establecieron.
Lima, Marzo del 2014
Coordinadora Nacional de
Sindicatos de Empresas del Estado
- SEDAPAL SUTESAL
- CORPAC SITE,
SUCTA, SINEACOR, SIPEACOR y SITPRUCOR
- ENAPU SITRATEPC
- BANCO DE LA NACIÓN SINATBAN
- ESSALUD SUTAESSALUD
- ENACO SINTEC
- SIMA SIMA PERÚ
- SEDAPAR (Arequipa) SUTEPSAR
- RENIEC UNIR RENIEC
- E-mail:
consede.peru@gmail.com
- Facebook: http://www.facebook.com/CONSEDE